domingo, 8 de marzo de 2015

Trámites para dar de baja el RUC

¿Qué trámites debo realizar para dar de baja el RUC si soy el representante legal de una persona jurídica que ha quebrado?

Acercarse al Centro de Servicios al Contribuyente más cercano a su domicilio y exhibir el original de su documento de identidad y la resolución judicial de quiebra de la empresa inscrita en los Registros Públicos. Además, deberá solicitar la baja de series y la baja de los comprobantes de pago no utilizados. Ambos trámites se realizan mediante el Formulario Virtual N° 855 "Declaración de Baja y Cancelación de Comprobantes de Pago" a través de Internet en SUNAT Virtual con la Clave SOL.
La fecha de baja del RUC debe ser la fecha en que dejó de tener operaciones.
De efectuarse por un tercero, adicionalmente, éste exhibirá su documento de identidad original y presentará una fotocopia de dicho documento así como el formulario 2135 "Solicitud de baja de inscripción o de tributos", firmado por el titular del RUC o su representante legal.
Para realizar la baja de inscripción en el RUC el tercero debe estar autorizado mediante carta poder con firma legalizada notarialmente o autorización virtual generada con la CLAVE SOL, no está obligado a exhibir el documento de identidad original del titular del RUC o de su representante legal exigido como requisito general.
Fuente: Sunat

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